matrimonio infantil
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CG: nm

CA: Derecho Internacional de los Derechos Humanos; Derechos del Niño.

CT: El matrimonio infantil es ampliamente criticado, con base en que tal acontecimiento afecta los derechos humanos de los niños. Esto también —en mayor medida— es un acto de discriminación para las mujeres, en razón de costumbres aún vigentes, las obligan a casarse siendo menores de edad. Algunas de las razones principales que desencadenan esta lamentable situación son, además de la costumbre, la religión y la pobreza.
Proporcionar una definición clara y precisa sobre el matrimonio forzado es difícil, pero existe un punto incuestionable sobre el concepto de matrimonio forzado, y es que el consentimiento otorgado carece de libertad y espontaneidad.
Sin duda alguna, el matrimonio infantil o prematuro es considerado un matrimonio forzado, por la sencilla razón de que adolece del consentimiento libre, completo y espontáneo del niño(a). Las circunstancias que originan un matrimonio prematuro pueden ser muchas, como anteriormente lo enunciamos, pudiendo ser, además, el celebrado por conveniencia.

F: RDP – http://cort.as/-C8Hh (pág. 8) (consulta: 15.11.2018)

DEF: Unión legal o habitual entre dos personas, de las cuales una o ambas tienen menos de 18 años.

F: UNFPA – http://cort.as/-C7uL (consulta: 15.11.2018)

N: 1. – matrimonio (nm): Del latín matrimonium (de mater, -tris ‘madre’ y monium ‘calidad de’).

  • Unión de hombre y mujer o, en determinadas legislaciones, unión de dos personas del mismo sexo, concertada mediante ciertos ritos o formalidades legales, para establecer y mantener una comunidad de vida e intereses.

– infantil (adj): Del latín infantilis.

  • Perteneciente o relativo a la infancia o a los niños.

2. No hay resultados en el CORDE, pero sí en el CREA. Año: 1995. Autor: Díez de Velasco, Francisco. Título: Hombres, Ritos, Dioses. Introducción a la Historia de las Religiones. País: España. Tema: 02. Religión. Publicación: Trotta (Madrid), 1995.
Sin resultados en el NTLLE.
3. El derecho a elegir y aceptar libremente el matrimonio está reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), que admite que el consentimiento no puede ser «libre y completo» cuando una de las partes involucradas no es lo suficientemente madura como para tomar una decisión con conocimiento de causa sobre su pareja. Por tanto, el matrimonio infantil supone una grave violación de los derechos de los niños y las niñas, pero sin duda se trata de la forma más generalizada de abuso sexual y explotación de las niñas.
4. Según la ECPAT International, el matrimonio de niños y adolescentes menores de 18 años puede considerarse, en determinadas circunstancias, una forma de explotación sexual comercial cuando se utiliza al niño para fines sexuales a cambio de bienes o de pagos en metálico o en especie.
5. En todo el mundo, alrededor de un 21% de mujeres adolescentes y un 4% de hombres adolescentes se han casado antes de cumplir 18 años. En 2018, se estima que unas 650 millones de las mujeres que viven en el mundo se casaron siendo niñas y se calcula que 12 millones de niñas menores de 18 años se casan al año. Aunque el problema es global, se concentra en las regiones de Asia meridional y África occidental y central, y afecta especialmente a las niñas de las zonas rurales y de las comunidades más pobres.
6. Se practica por diversas razones, entre ellas:

  • La pobreza: Muchos padres en situación de pobreza creen que el matrimonio protegerá a sus hijas de la violencia sexual y les asegurará el futuro por el simple hecho de garantizarles otra familia que se ocupe de sus cuidados. Otros padres consideran a sus hijas una carga o un producto con el que negociar.
  • El bajo nivel educativo de la familia.
  • La violencia psicológica, física o sexual en la familia: Empuja a la niña a salir de casa y tomar el matrimonio infantil como una solución.
  • Factores culturales: En algunas sociedades, se cree que el único plan de vida para una niña es casarse. En otras como Bangladés, República de Kirguistán y Somalia, es tradición que una niña se case con su secuestrador o violador para proteger el honor de sus familias.
  • Machismo y desigualdad de género
  • Las leyes: En algunos países es legal casarse con una persona menor de 18 años. Por ejemplo, En la República Dominicana es legal que se pueda casar una niña con 15 años y un niño con 16. Sin embargo, con el consentimiento de un juez se puede hacer antes de dichas edades.

7. El matrimonio infantil es una práctica perjudicial que inflige daño o sufrimiento físico, psíquico o sexual, tiene consecuencias tanto a corto como a largo plazo y repercute negativamente en la capacidad de las víctimas para hacer efectivos todos sus derechos. Algunas consecuencias negativas son abandono escolar, violencia física o sexual de sus parejas, trabajos forzados, esclavitud, prostitución y un círculo vicioso de la pobreza. Además, puesto que las novias menores de edad no pueden evitar relaciones sexuales ni insistir en el uso de preservativo, se exponen a graves riesgos para su salud, como los embarazos prematuros y las infecciones de transmisión sexual. Cabe destacar que las niñas y adolescentes tienen más probabilidades de morir a causa de complicaciones durante el embarazo y el parto, y es más probable que sus hijos nazcan muertos o mueran en su primer mes de vida.
8. Muchos acuerdos internacionales proscriben el matrimonio infantil, incluidas la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. La Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo de 1994 también instó a los países a eliminar el matrimonio infantil. Asimismo, la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño prohíbe el matrimonio infantil.
9. Interrelación cultural: El libro Me llamo Noyud, tengo 10 años y estoy divorciada (2009), escrita por Noyud Alí con la colaboración de Delphine Minoui, relata la historia de una pequeña yemení que es obligada a casarse con un hombre que le llevaba treinta años.

F: 1. DLE – https://dle.rae.es/?id=OdQHkYU; https://dle.rae.es/?id=LUjnLyu (consulta: 15.11.2018). 2. CORDE; CREA (consulta: 15.11.2018); NTLLE (consulta: 18.11.2018). 3. UNICEF – http://cort.as/-C7vh (consulta: 15.11.2018). 4. ACNUR – http://cort.as/-C7uP (consulta: 15.11.2018). 5. UNICEF – http://cort.as/-C7uX ; http://cort.as/-C7ua ; http://cort.as/-C7ud (consulta: 15.11.2018). 6. UNICEF – http://cort.as/-C7uX (consulta: 15.11.2018); UNFPA – http://cort.as/-C7uL (consulta: 15.11.2018); RCOG – http://cort.as/-C7vT (consulta: 15.11.2018). 7. UNICEF – http://cort.as/-C7vh; http://cort.as/-C7ud (consulta: 15.11.2018); ACNUR – http://cort.as/-C7uP (consulta: 15.11.2018). 8. UNFPA – http://cort.as/-C7uL (consulta: 15.11.2018); ACNUR – http://cort.as/-C7uP (consulta: 15.11.2018). 9. MLN – http://cort.as/-C7wN (consulta: 15.11.2018).

SIN: matrimonio precoz

F: ACNUR – http://cort.as/-C7uP (consulta: 15.11.2018)

RC: derechos humanos, violación de los derechos humanos.