CG: nm
CA: Migraciones y Ciudadanía; Derecho.
CT: Hoy más que nunca, la migración no se circunscribe a un fenómeno lineal que comienza con la emigración y termina con el asentamiento permanente en un nuevo país. Al contrario, la migración es cada vez más multidireccional y a menudo implica el retorno a los países de origen por periodos cortos o largos de estancia, seguidos con frecuencia por movimientos de ida y vuelta entre dos o más países, o hacia nuevos destinos. Por lo tanto, el retorno de personas migrantes a sus países de origen, o a terceros países, así como su readmisión en estos y su reintegración en las sociedades y las comunidades que los acogen, son procesos inherentes de la movilidad internacional.
- El retorno seguro y digno y la reintegración sostenible
- En todas sus actividades y programación en materia de retorno y reintegración, la OIM opera dentro del marco del derecho internacional, incluido el derecho internacional de la migración y las normas internacionales de derechos humanos. Además, como organización del sistema de las Naciones Unidas, incumbe a la OIM promover y respetar el espíritu de la Carta de las Naciones Unidas y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Si bien no es jurídicamente vinculante, el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular proporciona orientación adicional y su Objetivo 21 insta a los Estados a cooperar para facilitar el retorno seguro y digno, así como la reintegración sostenible.
El retorno seguro y digno y la reintegración sostenible son partes indispensables de un enfoque integral de la gestión migratoria. Los programas de retorno voluntario asistido (AVR, por sus siglas en inglés) tienen por objetivo apoyar a las personas migrantes que no pueden o no quieren permanecer en los países de acogida o de tránsito y desean regresar a sus países de origen.
F: OIM – https://www.iom.int/es/el-retorno-y-la-reintegracion (consulta: 15.12.2023)
DEF: Proceso por el que una persona vuelve o es llevada de vuelta a su punto de partida y que puede producirse bien dentro de los límites territoriales de un país, como en el caso de los desplazados internos que regresan y los combatientes desmovilizados, bien entre un país de destino o de tránsito y un país de origen, como en el caso de los trabajadores migrantes, los refugiados o los solicitantes de asilo.
F: OIM – https://publications.iom.int/es/system/files/pdf/iml-34-glossary-es.pdf (consulta: 7.12.2023)
N: 1. Del latín reditiô ‘vuelta’ y este a su vez del verbo redeô ‘volver, regresar’.
2. La primera vez que aparece en un documento en español registrado por el CORDE es en 1296, pero aplicado al ámbito de los ordenamientos y códigos legales. Autor: Anónimo. Título: Fuero de Alcaraz. País: España. Tema: 10. Ordenamientos y códigos legales. Publicación: Jean Roudil, Librairie C. Klincksieck (París), 1968.
Según el Nuevo tesoro lexicográfico de la lengua española (NTLLE), aparece recogido por primera vez en el diccionario de Antonio de Nebrija de 1495.
3. Existen varias subcategorías de retorno en función del modo en que este se produce:
- Retorno voluntario: Retorno asistido o independiente al país de origen y de tránsito u de otro país, fundado en una decisión voluntaria de la persona que retorna. El retorno voluntario puede ser espontáneo o asistido.
- Retorno espontáneo: Retorno voluntario e independiente de un migrante o un grupo de migrantes a su país de origen, por lo general sin el apoyo de ningún Estado ni asistencia internacional o nacional alguna.
- Retorno voluntario asistido: Apoyo administrativo, logístico y financiero, que incluye la asistencia para la reintegración, facilitado a los migrantes que no pueden o no desean permanecer en el país de acogida o de tránsito y deciden regresar a su país de origen.
- Retorno forzoso: Acto de devolver a una persona, contra su voluntad, al país de origen o de tránsito o a un tercer país que acepte recibirla, que, generalmente, se realiza en virtud de un acto o decisión de carácter administrativo o judicial.
4. La repatriación sería otra subcategoría en el marco del retorno y tiene que ver con la situación de las personas que participan en este proceso. Así pues, en este sentido, y dentro del ámbito de las migraciones, la repatriación sería un tipo de retorno en el que participan aquellos migrantes atrapados en una situación de crisis. La OIM ofrece la siguiente definición para el término «repatriación»: «Derecho de un prisionero de guerra, detenido civil, refugiado o civil a regresar a su país de nacionalidad bajo condiciones específicas establecidas en diversos instrumentos internacionales».
5. El Diccionario panhispánico del español jurídico (DPEJ) proporciona tres acepciones para definir «retorno»:
– Ámbito general. Situación en la que se hallan los extranjeros cuando, pretendiendo entrar en el territorio por el puesto fronterizo habilitado, se les deniega la entrada por no cumplir con los requisitos exigidos por la normativa de extranjería.
6. Combinación léxica (preposición + sustantivo): sin retorno.
7. Interrelación cultural: Podemos destacar el libro de poesía Retorno: Poesía cántabra, dedicada, social, crítica e íntima (2023) de Álvaro Delgado Alvarado.
F: 1. RAE – ACADEMIA AUTORIDADES (O-R), 1737; Didacterion (consulta: 7.12.2023). 2. CORDE (consulta: 7.12.2023); NTLLE (consulta: 7.12.2023). 3. OIM – https://publications.iom.int/es/system/files/pdf/iml-34-glossary-es.pdf (consulta: 7.12.2023). 4. OIM – https://publications.iom.int/es/system/files/pdf/iml-34-glossary-es.pdf (consulta: 7.12.2023). 5. DPEJ – https://dpej.rae.es/lema/retorno (consulta: 15.12.2023). 6. REDES (2006, p. 1594). 7. AMAZON – https://www.amazon.es/Retorno-Poes%C3%ADa-cántabra-dedicada-cr%C3%ADtica/dp/B0CJ48ZCJV/ref=sr_1_1?__mk_es_ES=ÅMÅŽÕÑ&crid=LMRAWVLCYC27&keywords=retorno&qid=1701971316&refinements=p_n_feature_browse-bin%3A15428535031&rnid=831437031&s=books&sprefix=retorno%2 (consulta: 7.12.2023).
SIN:
F:
RC: acciones de repatriación, asilo, ayuda humanitaria, deportación, expulsión del territorio nacional, extradición, inmigración, refugiado, da, repatriación, repatriado, da.