pecio
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CG: nm

CA: Marina – Navegación marítima – Naufragios.

CT: Para que un buque hundido tenga la consideración de pecio (en inglés wreck y en francés épave) tiene que tener las siguientes cualidades:

  • Que el barco se haya hundido. Es decir, que se haya producido su pérdida total y efectiva.
  • Que haya perdido sus cualidades como buque debido al deterioro (que no pueda navegar, flotar, etc.).
  • Y la más importante: que constituya un res nullius, es decir, que no tenga propietario conocido. La propiedad de un buque prescribe cuando desaparecen sus legítimos propietarios (bien por disolución de la sociedad, bien por fallecimiento) o cuando estos ejercen su derecho de abandono a favor de los aseguradores y a la vez dichos aseguradores también ejercen tal derecho.

F: Naufragios.es – http://cort.as/-LMML (consulta: 17.07.2019)

DEF: Fragmento de la nave que ha naufragado o porción de lo que ella contiene.

F: Enciclopedia Espasa Calpe p. 2505 (vol. 8)

N: 1. Del bajo latín pécium, derivado del francés antiguo pecier, despedazar, de pièce, hermano de «pieza».

  • Resto de una nave naufragada o de lo que iba en ella.
  • Derechos que el señor de un territorio exigía de las naves que llegaban como náufragas a sus costas.

2. El Diccionario de la lengua española (DLE), en su edición del tricentenario, define este concepto de la siguiente manera:

  • Pedazo o fragmento de la nave que ha naufragado.
  • Porción de lo que contiene una nave que ha naufragado.
  • Derechos que el señor del puerto de mar exigía de las naves que naufragaban en sus costas.

3. En el ámbito del Derecho internacional público se define al pecio como: Resto o fragmento de una nave naufragada, incluido cualquier objeto que se encontrara a bordo en el momento del naufragio, que es objeto de interés y regulación por el derecho internacional, ya sea para la protección del medio marino contra la contaminación provocada por un naufragio, la protección de objetos de carácter arqueológico e histórico hallados en un pecio o la defensa de la inmunidad del Estado respecto de los pecios de buques de guerra y de Estado.

Convención de las Naciones Unidades sobre el Derecho del Mar (CNUDM), artículos 95, 96, 149 y 303.

4. En el ámbito aeronáutico, no se usa la palabra ‘pecio’, sino ‘restos’. Ejemplo: Los restos de la aeronave.
En este caso, los equivalentes ingleses serían wreckage, aeroplane wreckage o airplane wreckage y los franceses épave o épave de l’avion.
5. En los medios de comunicación, se suele abusar o usar erróneamente el término ‘pecio’:

  • «Un buque de guerra nunca será un pecio. Aunque queden cuatro tablas podridas, un ancla oxidada y un cañón del 12 reventado siempre será un buque hundido de la Armada porque los buques de guerra siempre son propiedad del Estado que los abandera. Su propiedad no prescribe».
  • «Un buque o pesquero hundido hace unos días tampoco es un pecio. Sigue teniendo propietario conocido, bien su armador, bien sus aseguradores. Hasta que no termine el proceso de abandono sigue teniendo propietario conocido y si es un naufragio muy reciente algunas de sus cualidades como buque aunque esté hundido».
  • «Todos los buques mercantes o de pesca hundidos en el mar que ya no tienen propietario y que presentan un notable deterioro son pecios».

6. Interrelación cultural: Podemos destacar el pecio romano Bou Ferrer que se encuentra naufragado a -25 metros de profundidad y a escasos 1000 metros de la costa, frente a las playas de La Vila Joiosa (Alicante) en la zona marítima situada al sur del Cap de la Nao, accidente geográfico divisor de las rutas marítimas en la Antigüedad y casi de la propia Tarraconensis con las zonas de influencia del puerto principal de Tarraco, al Norte, y de Carthago Nova, al Sur.

F: 1. DUE p. 677 (tomo II). 2. DLE – http://cort.as/-LMJo (consulta: 17.07.2019). 3. DPEJ – https://dpej.rae.es/lema/pecio (consulta: 30.04.2022). 4. TERMIUM PLUS – http://cort.as/-LMJV (consulta: 17.07.2019); FCB. 5. Naufragios.es – http://cort.as/-LMML (consulta: 17.07.2019); FCB. 6. ABCb – http://cort.as/-LMJD (consulta: 17.07.2019).

SIN:
F:

RC: naufragio