CG: nm
CA: Derecho; Gobierno y Administración Pública; Ciencias Políticas.
CT: La Constitución española de 1978.
Título IV. Del Gobierno y de la Administración
Artículo 97
El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.
Artículo 98
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El Gobierno se compone del Presidente, de los Vicepresidentes, en su caso, de los Ministros y de los demás miembros que establezca la ley.
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El Presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de estos en su gestión.
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Los miembros del Gobierno no podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, ni cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni actividad profesional o mercantil alguna.
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La ley regulará el estatuto e incompatibilidades de los miembros del Gobierno.
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Artículo 99
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Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.
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El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado anterior expondrá ante el Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara.
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Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple.
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Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores.
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Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.
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[…]
F: Congreso – https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=97&fin=107&tipo=2 (consulta: 29.12.2024)
DEF: Órgano superior del poder ejecutivo de un Estado o de una comunidad política, constituido por el presidente y los ministros o consejeros.
F: DLE – https://dle.rae.es/gobierno?m=form (consulta: 29.12.2024)
N: 1. Palabra formada a partir del verbo «gobernar» (del latín gubernāre, y este del griego κυβερνᾶν kybernân; propiamente ‘pilotar una nave’).
GOBERNAR, fin S. X. Del latín gubernāre ‘gobernar (una nave)’, ‘conducir, gobernar (cualquier cosa)’, y este del griego kybernáō íd. Derivados. Gobernable. Gobernación, 1495. Gobernador, 1220-50. Gobernante. Gobernalle, fin S. XIV, del catalám governall, y este del latín gubernaculum íd. Desgobernar, 1495; desgobierno, 1717. Gobierno, h. 1330. Cultismos: Gubernativo, 1765-83; gubernamental, del francés gouvernemental, derivo de gouvernement ‘gobierno’.
2. Si se busca con mayúscula inicial (Gobierno) y se filtra por el tema 15171.- Política y gobierno, la primera vez que aparece en un documento en español registrado por el CORDE es en 1639. Autor: Virgilio Malvezzi. Título: Traducción de La libra. País: España.
Si se busca con minúscula inicial (gobierno) y se filtra por el tema 15171.- Política y gobierno, la primera vez que aparece en un documento en español registrado por el CORDE es en 1801. Autor: Francisco de Miranda. Título: Traducción de la carta a los españoles americanos, de Juan Pablo Viscardo. País: Perú.
Según el Nuevo tesoro lexicográfico de la lengua española (NTLLE), aparece recogido por primera vez en el diccionario ACADEMIA AUTORIDADES (G-M) de 1734.
La discriminación entre letras mayúscula y minúscula no es pertinente en este tipo de recurso (corpus y tesoro).
Sin resultados en el Diccionario histórico de la lengua española (DHLE).
3. El Diccionario panhispánico del español jurídico (DPEJ) recoge dos lemas (Gobierno1 y gobierno2) con la siguiente información:
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Gobierno1:
1. Derecho constitucional. Órgano constitucional colegiado que dirige la política interior y exterior, la Administración y la defensa del Estado. También ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria.2. Derecho internacional público. Elemento constitutivo del Estado, entendido como poder político organizado e independiente que ejerce de manera efectiva un conjunto de competencias en su territorio y vela por el respeto del derecho internacional.
CE, art. 97.
➤ Estado1, Estado fracasado.
- gobierno2:
1. General. Acción y efecto de gobernar.
De este mismo diccionario (DPEJ), cabe destacar un sublema de «Gobierno1»:
- Gobierno federal:
Derecho constitucional. Gobierno de un Estado federal.Por ejemplo, Constitución Nacional, de Argentina, art. 121.➤ Estado federal, federalismo.
4. Desambiguación lingüística (ortográfica): ¿Gobierno o gobierno?
La palabra Gobierno se escribe con mayúscula inicial cuando se refiere al conjunto de personas o instituciones que gobiernan una división político-administrativa, pero con minúscula si alude a la forma de gobernar o al tiempo que dura el mandato de quien gobierna.
Escrito con mayúscula inicial en esta acepción (véanse contexto y definición).
Aunque en muchos casos la aplicación de uno u otro sentido de la palabra es discutible y queda sujeta a interpretación.
– Con mayúscula inicial (Gobierno):
- Cuando significa ‘conjunto de las personas que gobiernan un Estado, formado por el presidente y sus ministros’, tanto en singular como en plural: «El jefe del Gobierno alemán acelera sus esfuerzos para renovar y mejorar los lazos económicos con América Latina»; «A Bello alguien aún le reprocha haber desarrollado su obra bajo Gobiernos conservadores». Por tanto, se escribe con inicial mayúscula cuando se refiere al órgano superior del poder ejecutivo de un Estado («El Gobierno español») o de una comunidad política de rango inferior a este («El Gobierno andaluz»).
- Cuando se refiere al conjunto de personas o instituciones que gobiernan una división político-administrativa. Así pues, se aplica no solo cuando se refiere al órgano de un Estado soberano, sino también cuando es el de alguna de sus divisiones políticas, como regiones, comunidades autónomas, etc. Ejemplos: «El Gobierno regional abre a partir de este martes el proceso»; «Superaría la barrera del cinco por ciento, gracias a lo cual obtendría un diputado o dos accediendo, así, a la llave del Gobierno autonómico».
- Cuando se usa como institución (incluso en plural): el Gobierno español, el Gobierno portugués, el Gobierno Civil, el Gobierno del estado de Nueva York, los Gobiernos democráticos; pero un gobierno civil, un gobierno militar.
La palabra Ejecutivo cuando es sinónimo de Gobierno se escribe con mayúscula inicial («El Ejecutivo de Sánchez»). Igualmente, se escribe en mayúscula la expresión Poder Ejecutivo si cumple ese mismo papel («El senador dejó su puesto como asesor del Poder Ejecutivo»), pero no si se usa de modo genérico para uno de los tres poderes: «El poder ejecutivo recae en el Gobierno de la nación».
Los adjetivos que acompañan a la palabra Gobierno se escriben con minúscula inicial: «Gobierno venezolano» o «Gobierno autonómico», y no «Gobierno Venezonalo» ni «Gobierno Autonómico». En este sentido, hay algunas excepciones en las que el nombre oficial de la institución incluye el topónimo, en cuyo caso este se escribe en mayúscula: «Gobierno Vasco».
– Con minúscula inicial (gobierno):
- Cuando se alude a la ‘acción y efecto de gobernar o gobernarse’ (cuando ‘gobierno’ no se refiere a un órgano de poder, sino al hecho de gobernar): «El sector privado también necesita buen gobierno», «Se han comprometido a promover el buen gobierno», «Su padre delegó en ella los poderes para el gobierno de la casa», «Ambas soberanas tenían en común la firme creencia de estar asistiendo al final de la monarquía como forma de gobierno»
- Cuando se alude al tiempo que dura el mandato de quien gobierna (mando o autoridad del gobernador): «El atentado se produjo durante el gobierno de…».
- Cuando se alude al empleo, ministerio y dignidad de gobernador.
- Cuando se alude al distrito o territorio en que tiene jurisdicción o autoridad el gobernador.
- Cuando se alude al edificio en que tiene su despacho y oficinas el gobernador.
- Cuando significa ‘gobernalle’, es decir, el timón de la nave.
- Cuando significa ‘docilidad de la nave al timón’.
- Cuando en Andalucía significa ‘manta hecha de retazos de tela retorcidos y entretejidos con hilo fuerte’.
- Cuando significa ‘alimento y sustento’ (en desuso).
- Cuando significa ‘freno de las caballerías’ (germanía).
5. Desambiguación conceptual: Respecto al término en inglés Government, Fernando A. Navarro comenta que resulta muy clara la diferencia existente entre los conceptos de ‘Estado’ (de carácter permanente y apolítico) y Gobierno (de carácter transitorio y netamente político). En el caso de España, por ejemplo, se distingue nítidamente entre el ‘Estado Español’, con el rey como jefe del Estado, y el ‘Gobierno español’, generalmente formado por miembros del partido más votado y dirigido por el ‘presidente del Gobierno’ (cargo equivalente en inglés no a President, sino a Prime Minister).
En inglés, en cambio, los conceptos de ‘Gobierno’ y ‘Estado’ se confunden a menudo. Hablan, por ejemplo, de the three branches of Government donde en España se diría «los tres poderes del Estado». Esta confusión es aún mayor en los Estados Unidos, donde el término State suele reservarse para las entidades autónomas federadas (p. ej.: California, Oregón, Tejas, Nevada, Vermont, etc.) y donde, además, el President —que no tiene nada que ver con el ‘presidente’ español— es a la vez jefe del Estado y jefe del Gobierno. Así las cosas, en los Estados Unidos suelen llamar Government a lo que para los españoles es el Estado, los poderes públicos, la administración pública o la Administración del Estado (y → administration a lo que para los españoles es «el gobierno»), y suelen utilizar los adjetivos government y governmental para lo que en España se llama público, estatal u oficial. Ejemplos: There is a need to rationalize the compensation of government employees (es necesario racionalizar el sueldo de los funcionarios estatales); the Federal Government (la Administración federal [de los EE. UU.]), government agency o government body (ente público, organismo público, organismo estatal), government bonds (bonos del Estado, bonos del Tesoro), government corporation (empresa pública), government debt (deuda pública), government expenditure (gasto público), government funds (erario público, tesoro público [obsérvese que, para un español, el dinero no es del gobierno, sino del Estado]), government machinery (aparato estatal), government official (cargo público), government spending (gasto público), government shutdown (cierre [parcial] de la Administración, suspensión [o cese] de actividades de la Administración), government surplus (superávit público), → non-governmental organization.
6. Fraseología (con «gobierno»):
- mirar (alguien) contra el gobierno (locución verbal; registro coloquial, humorístico), ‘ser bizco’.
- para gobierno (de alguien) (locución adverbial): Para que (esa persona) ajuste su conducta o actuación a aquello que se le advierte. Ejemplo: Para tu gobierno te comunico que mañana no abren los comercios.
7. Combinaciones léxicas (con «gobierno» o «Gobierno», según el contexto):
– Sustantivo + adjetivo y viceversa:
- absolutista, absoluto, a plazo fijo, beligerante, blando, comunal, débil, democrático, didactorial, duro, eficaz, férreo, firme, flexible, frágil, hegemónico, ilegítimo, implacable, ineficaz, inflexible, injusto, inmovilista, inoperante, intolerante, justo, laxo, legítimo, paritario, prepotente, progresista, prudente, sabio, soberano, tiránico, tolerante, vacilante.
– Sustantivo + verbo y viceversa:
- abjurar (de), asumir, blindar, boicotear, caer, centralizar, consolidar(se), constituir, copar, decidir, deponer, derrumbar(se), desestabilizar, desmembrar(se), desmoronar(se), dimitir, dirigir, disentir (de), elegir, emanar, erosionar, escorar(se), formar, hipotecar, imponer, instaurar, nombrar, presidir, reinstaurar, revalidar, socavar, tambalearse, tener.
F: 1. DLE – https://dle.rae.es/gobierno?m=form, https://dle.rae.es/gobernar?m=form, https://dle.rae.es/democracia?m=form (consulta: 29.12.2024); COR(1987) p. 299. 2. CORDE (consulta: 9.08.2019); NTLLE (consulta: 5.11.2015); DHLE (consulta: 29.12.2024). 3. DPEJ – https://dpej.rae.es/dpej-lemas/gobierno, https://dpej.rae.es/lema/gobierno1, https://dpej.rae.es/lema/gobierno2, https://dpej.rae.es/lema/gobierno-federal, (consulta: 29.12.2024). 4. Fundéu – https://www.fundeu.es/dudas/palabra-clave/gobierno-20/, https://www.fundeu.es/recomendacion/gobierno/ (consulta: 29.12.2024); VOCENTO p. 311; DPD – https://www.rae.es/dpd/gobierno (consulta: 29.12.2024); DLE – https://dle.rae.es/gobierno?m=form (consulta: 29.12.2024); FCB. 5. Cosnautas/Libro rojo (consulta: 29.12.2024). 6. DFDEA p. 495. 7. REDES p. 1077.
SIN: Ejecutivo. (en función del contexto)
F: DLE – https://dle.rae.es/ejecutivo?m=form (consulta: 29.12.2024)