destierro
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CG: nm

CA: Historia del Derecho; Derecho penal.

CT: El destierro es una pena restrictiva de la libertad en la medida en que restringe al penado el derecho a residir en donde libremente desee. Las penas restrictivas de la libertad de residencia y circulación pueden consistir en un confinamiento en un lugar determinado, en el destierro de una localidad o región determinada o en la expulsión del territorio nacional.
En el antiguo derecho las penas restrictivas de la libertad abundaban. En Roma además del destierro voluntario para sustraerse a la pena, se conoció y tuvo bastante relevancia la «relegatio» que era una especie de confinamiento que admitía formas de distinta gravedad y en el derecho germánico y canónico se practicó también la expulsión del territorio.
Otra forma de destierro, pero esta vez con privación de libertad, ha sido la transportación o deportación consistente en el envío de delincuentes a territorios lejanos, generalmente colonias, donde los penados eran sometidos a un régimen de trabajo, privación de libertad y de restricción de ciertos derechos. Roma ya utilizó la «deportatio» y más tarde Portugal la utilizó en África a partir del siglo XV y posteriormente en Brasil. Inglaterra desde Carlos II envió sus delincuentes a América del Norte y posteriormente a Australia.

F: GJ – http://cort.as/w9CD (consulta: 8.04.2017)

DEF: Pena restrictiva de libertad consistente en privar al condenado de entrar en el punto o puntos designados en la sentencia y en el radio señalado por la misma, entre los que se podía comprender, a petición del ofendido por el delito, el lugar de comisión del hecho y el de su residencia habitual o la de sus parientes próximos.

F: DEJ (consulta: 8.04.2017)

N: 1. Del verbo «desterrar» y este del prefijo «des-» (confluencia de los prefijos. latinos de-, ex-, dis- y a veces e-) y la palabra «tierra» (del latín terra).
El Diccionario de la lengua española proporciona cinco acepciones:

  1. Acción y efecto de desterrar (dicho de quien tiene poder o autoridad para ello: Expulsar a alguien de un territorio) o desterrarse (expatriarse).
  2. Pena que consiste en expulsar a alguien de un lugar o de un territorio determinado, para que temporal o perpetuamente resida fuera de él.
  3. Tiempo durante el cual se cumple un destierro (‖ pena).
  4. Pueblo o lugar en que vive el desterrado.
  5. Lugar alejado, remoto o de difícil acceso.

2. La primera vez que aparece en un documento en español registrado por el CORDE es en 1293. Autor: Anónimo. Título: Castigos. BNM ms. 6559. País: España. Tema: 14.Literatura sapiencial. Publicación: William Plamer y Carig Frazier, Hispanic Seminary of Medieval Studies (Madison), 1992.
Según el Nuevo Tesoro Lexicográfico de la Lengua Española (NTLLE), aparece recogido por primera vez en el diccionario NEBRIJA de 1495.
3. El destierro era una pena prevista en el Código Penal de 1973 que consistía en la privación impuesta al condenado de entrar en el punto o puntos establecidos en la sentencia y en el radio de distancia que la misma señalara que podía comprender una distancia de al menos 25 kilómetros y de hasta 250 kilómetros del punto o zona designada. Tenía una duración de seis meses y un día hasta seis años y estaba regulada en los artículos 27, 30 y 88 del derogado Código Penal.
4. Como tal, el destierro ha desaparecido de nuestra legislación penal pero ha sido sustituido por una pena de un contenido similar pero más amplio, que es la prohibición de residencia o de acercamiento a determinado lugar, pena que tiene los mismos efectos que el destierro cuando se aplica a una persona que se ve obligada a abandonar el lugar de residencia habitual.
5. Interrelación cultural: Podemos mencionar, entre otros muchos ejemplos, un caso real y uno ficticio.

  • Real: Parece que estudió con los jesuitas de Córdoba y Sevilla y quizás también en la Universidad de Salamanca. En 1569, con 22 años, marchó a Italia formando parte del séquito del cardenal Giulio Acquaviva. Se cree que esta salida está relacionada con cierto lance del que resultó herido un tal Antonio de Sigura. Los alcaldes de Madrid mandaron prender a “un tal Miguel de Cervantes” y condenarlo a 10 años de destierro. Al servicio del cardenal, recorrió varias ciudades italianas. La Italia renacentista dejó profunda huella en el alma del escritor y encendió en él una admiración que nunca había de extinguirse. De esta admiración dejó huellas en su obra. En Italia aprendió italiano y pudo leer en su original a los mejores autores famosos italianos.
  • Virtual: El destierro, película dirigida por Arturo Ruiz Serrano en 2015.

F: 1. DLE – http://cort.as/-DlzK (consulta: 8.04.2017). 2. CORDE (consulta: 8.04.2017); NTLLE (consulta: 10.01.2019). 3 y 4. GJ – http://cort.as/w9CD (consulta: 8.04.2017). 5. FA – http://cort.as/-DlzM (consulta: 8.04.2017).

SIN:
F:

RC: deportación, deportado, da, desterrado, da, exiliado, da, exilio, extradición, extraditado, da.