fallo
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CG: nm

CA: Derecho – Derecho procesal

CT: El fallo es la parte dispositiva y resolutiva de la sentencia que se dicta al término de un proceso judicial. Contiene el pronunciamiento del juez o tribunal sobre la controversia planteada. En otras palabras, se trata de la decisión final y vinculante respecto a un caso específico.

En el fallo se establecen la respuesta jurídica, el dictamen definitivo del tribunal y las consecuencias legales o efectos jurídicos que se derivarán de la decisión judicial.

¿Qué es el fallo judicial?

Se considera la parte más importante de la sentencia, ya que en él se determina si se acoge o se desestima la demanda. Al igual que las medidas o acciones específicas que deben tomarse. Puede contener diferentes tipos de decisiones, como condenas, absoluciones, declaraciones de responsabilidad o resoluciones parciales, entre otras.

Para llegar a una solución jurídica a las controversias planteadas en el proceso, el fallo se fundamenta en la aplicación del derecho. Asimismo, en la valoración de los hechos y las pruebas presentadas.

Cabe aclarar que el fallo no solo es vinculante para las partes implicadas, sino también para las autoridades encargadas de ejecutar la sentencia. Esto significa que las partes del proceso están obligadas a cumplir con lo establecido en la sentencia.

Sin embargo, el fallo es susceptible de ser objeto de recursos de apelación o casación ante instancias superiores. Lo que permite una revisión judicial de la decisión tomada por el tribunal de primera instancia. No obstante, hasta que sea revocado o modificado en una instancia superior, el fallo de una sentencia tiene plena vigencia y debe ser cumplido por las partes implicadas.

F: Concjur – https://www.conceptosjuridicos.com/fallo/ (consulta: 17.02.2025)

DEF: 1. Pronunciamiento sobre las pretensiones de las partes, en su caso, la cantidad objeto de condena y el pronunciamiento sobre las costas. 2. Parte final y decisoria de la sentencia.

F: DPEJ – https://dpej.rae.es/lema/fallo (consulta: 17.02.2025)

N: 1. Del verbo fallar1 (del latín afflāre ‘soplar hacia algo’, ‘rozar con el aliento’, ‘olfatear’).
HALLAR, h. 1140 (aflare, medo S. X). Voz común con el portugués achar, rumano aflà, y varias hablas romances de la periferia itálica. Procedentes del latín AFFLARE ‘soplar hacia algo’, ‘rozar algo con el aliento’, que de ahí pasaría a significar ‘oler la pista de algo’ y finalmente ‘dar con algo, encontrarlo’. La forma antigua fallar, en el sentido de ‘encontrar la ley aplicable’ y en el de ‘encontrar o averiguar los hechos’, pasó a significar ‘dar sentencia’, S. XIV; el lenguaje jurídico, siempre arcaizante, conservó en este caso una forma arcaica (como fermoso o fembra por hermoso o hembra).
Derivados. Hallazgo, 1490. De fallar: fallo ‘sentencia’, 1646.

  • Sentencia de un juez o de un tribunal, y en ella, especialmente, el pronunciamiento decisivo o imperativo.
    Sinónimos: sentencia, veredicto, dictamen, resolución, decisión.
  • Decisión tomada por persona competente sobre cualquier asunto dudoso o disputado.
  • Fraseología: echar el fallo.
    1. loc. verb. Dicho de un médico: Desahuciar a un enfermo.
    2. loc. verb. coloq. Juzgar decisivamente acerca de alguien o algo.

2. La primera vez que aparece en un documento en español registrado por el CORDE [CREA o CORPES XXI] es en…

[Año: Autor: Título: País: Tema: Publicación: ].

Según el Nuevo tesoro lexicográfico de la lengua española (NTLLE), aparece recogido por primera vez en el diccionario ROSAL de 1611.

Sin resultados en el Diccionario histórico de la lengua española (DHLE).

3. Según la Fundéu, los términos «sentencia», «fallo» y «veredicto» tienen significados muy diferentes, por lo que se recomienda no emplearlos indistintamente.

  • La «sentencia» alude a la ‘resolución que, dictada por un juez, pone fin a una causa judicial’. Una de  las partes finales de toda sentencia es el «fallo», que es el ‘pronunciamiento jurídico sobre la cuestión debatida’. El fallo puede absolver al imputado o condenarlo, esto es, ‘imponerle una pena’. En cuanto al «veredicto», este denota el ‘fallo pronunciado por un jurado’ y el ‘parecer, dictado o juicio emitido reflexiva y autorizadamente’.

4. Respecto al término en inglés judgment, Fernando A. Navarro comenta que en el ámbito legal este es un término traidor, ya que no significa ‘juicio’ (trial, suit), sino ‘fallo’ o ‘sentencia’ en función del contexto. Ejemplos: The judge reversed the judgment (la juez revocó la sentencia); to deliver a judgment (dictar sentencia), executable judgment (sentencia firme).

5. judgment, judgement n: fallo, sentencia, decisión judicial.
La decisión, resolución o fallo que adoptan los jueces y los tribunales se llaman en inglés judgment, sentence, decree, court of decision, e incluso, finding(s); verdict es la resolución de un jurado. La palabra judgment se aplica a los fallos o sentencias de los tribunales civiles (courts of law) y decree a los fallos de los tribunales de equidad (courts of equity) y a cualquier resolución de los tribunales escoceses; no obstante, judgment se utiliza cada vez más en la mayor parte de los casos; al fallo contenido en la sentencia se le llama también ruling.

Según el contexto, el término jurídico español «fallo» puede equivaler en francés a décision, sentence (« jugement rendu par un juge, un tribunal », « avis, jugement émis par un arbitre »), jugement (d’un tribunal), arrêt d’une Cour; prononcé du jugement, prononcé de l’arrêt, prononciation du jugement.

6. Fraseología: combinaciones léxicas.

[sentencia]
• Sustantivo (fallo) + adjetivo: salomónico, ecuánime, absolutorio; a favor, en contra; unánime, inapelable, defensivo.
• Verbo + sustantivo (fallo) y viceversa: acatar, desobedecer, desoír, burlar; recurrir, impugnar; prescribir, derogar, revocar, rectificar; emitir.

F: 1. DLE – https://dle.rae.es/fallo?m=form, https://dle.rae.es/fallar?m=form (consulta: 17.02.2025); COR (1987) p. 314. 2. (consulta: 17.02.2025); NTLLE (consulta: 17.02.2025); DHLE (consulta: 17.02.2025). 3. Fundéu – https://www.fundeu.es/recomendacion/condenafallosentenciaveredicto/ (consulta: 17.02.2025); Tradjur – https://traduccionjuridica.es/diccionario-juridico-traductores-sentencia-fallo-veredicto/ (consulta: 17.02.2025). 4. Cosnautas/Libro rojo (consulta: 17.02.2025). 5. DTJ p. 178; IATE (consulta: 17.02.2025); GDT (consulta: 17.02.2025); FCB. 6. DCPEC p. 616.

SIN:
F:

RC: juez, za, juicio, sentenciaveredicto.

 

* Los corpus de la RAE no funcionan (en mantenimiento) desde el pasado jueves 30 de enero de 2025… Ya completaremos esta parte cuando lo hayan solucionado.