derecho penal internacional
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CG: nm

CA: Derecho Penal; Derecho Internacional; Criminología.

CT: La incitación en derecho penal internacional – La autora efectúa un análisis crítico del concepto de incitación en el derecho penal internacional. Examina, en primer lugar, los fallos pertinentes del tribunal de Nuremberg y los demás tribunales creados en ese contexto, incluidos los tribunales alemanes de desnazificación.

F: CICR – https://www.icrc.org/spa/resources/documents/article/review/776mfy.htm (17.11.2014)

DEF: Rama del ordenamiento internacional cuya misión es proteger los bienes jurídicos más importantes del orden social internacional frente a las formas de agresión más graves mediante normas dirigidas a los individuos cuya infracción genera la responsabilidad penal individual de los mismos en Derecho internacional.

F: IUGM – http://iugm.es/docencia/formacion-continua/especialista-universitario/derecho-penal-internacional/ (consulta: 17.11.2014)

N: 1. derecho (nm): Palabra que deriva del latín: directum, participio pasivo del verbo dirigere, que significa ‘dirigir’.
penal (adj): Palabra que viene de la palabra en latín poenalis, que significa ‘relativo a la multa’.
internacional (adj): Palabra que está formada con raices latinas y significa ‘organismo que hace negocio entre naciones’. Sus componentes léxicos son: el prefijo «inter-» (entre), «naci» (nacer), «-ción» (acción y efecto), más el sufijo «-al» (relativo a).
2. La palabra «derecho» deriva de directum, que en latín significa «lo que está conforme a la regla, a la ley, a la norma», o como expresa Villoro Toranzo, «lo que no se desvía ni a un lado ni otro».
3. Solo después de la Primera Guerra Mundial se empezó a considerar al individuo como sujeto del derecho internacional y fue concebido que graves infracciones a sus normas podían ser castigadas como delitos por el derecho internacional.
4. Doctrinalmente e inspirándose en el acuerdo de Londres de 1945, los tipos delictivos del Derecho Penal internacional se clasifican en: crímenes contra la paz, crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad.
5. No debe confundirse con «derecho internacional penal».
6. La evolución de esta rama del Derecho internacional ha sido notable desde los procesos de Nuremberg y Tokio hasta nuestros días.

F: 1. DTJ – http://www.abogado.ml/2011/09/etimologia-derecho.html (consulta: 17.11.2014); ETIM – http://etimologias.dechile.net/?penal (consulta: 17.11.2014); ETIM – http://etimologias.dechile.net/?internacional (consulta: 17.11.2014). 2, 3, 4 y 5. DTJ – http://www.abogado.ml/2011/09/etimologia-derecho.html (consulta: 21.11.2014); FCB. 6. IUGM – http://iugm.es/docencia/formacion-continua/especialista-universitario/derecho-penal-internacional/ (consulta: 17.11.2014).

SIN: jurisdicción penal internacional

F: CICR – https://www.icrc.org/spa/resources/documents/misc/5tdp9s.htm (consulta: 17.11.2014)

RC: crimen de lesa humanidad, legítima defensa, organismo intergubernamental.