derecho a la educación
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CG: nm

CA: Derechos Humanos

CT: En septiembre de 2015, con la firma de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 4, la comunidad internacional reconoció que la Educación era básica para lograr los 17 objetivos establecidos en ella. Por lo tanto, se debía garantizar el derecho a la educación que fuera “inclusiva y equitativa de calidad” y que además promoviera “oportunidades de aprendizaje permanente para todos”, aceptando, según la Declaración de Incheon, aprobada en el Foro Mundial sobre la Educación en mayo de 2015, que esta “es un bien público, un derecho humano fundamental y la base para garantizar la realización de otros derechos. Es esencial para la paz, la tolerancia, la realización humana y el desarrollo sostenible”.

F: ACNUR – http://cort.as/-Denk (consulta: 6.01.2019)

DEF: Derecho fundamental que debe garantizar el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida.

F: FCB (consulta: 26.01.2013)

N: 1. – derecho (nm): Del adjetivo «derecho, cha» (del latín directus). Adjetivo sustantivado. Facultades y obligaciones que derivan del estado de una persona, o de sus relaciones con respecto a otras.
– a (prep): Del latín ad.
– la (artdetf): Del artículo determinado m. y f. «el, la» (del latín ille, illa, illud ‘aquel’).
– educación (nf): Del latín educatio, -ōnis. Acción y efecto de educar. Instrucción por medio de la acción docente.
2. La primera vez que aparece en un documento en español registrado por el CORDE es en 1947. Autor: Anónimo. Título: Constitución de los Estados Unidos de Venezuela. País: Venezuela. Tema: 10.Ordenamientos y códigos legales. Publicación: Venezuela Analítica (Caracas), 2003.
No hay resultados en el Nuevo Tesoro Lexicográfico de la lengua Española.
3. Declaración Universal de Derechos Humanos: Artículo 26.

  • Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
  • La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
  • Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

4. El derecho a la educación tiene simultáneamente el carácter de un derecho individual como un derecho social. Como ha señalado el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, es «todos esos derechos al mismo tiempo. También, de muchas formas, es un derecho civil y político, ya que se sitúa en el centro de la realización plena y eficaz de esos derechos. A este respecto, el derecho a la educación es el epítome de la indivisibilidad y la interdependencia de todos los derechos humanos».
5. El derecho a la educación es un derecho humano fundamental. Recoge los principios de indivisibilidad e interdependencia de todos los derechos humanos dado que la educación cubre aspectos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.
Este derecho puede considerarse como un derecho clave puesto que permite el completo ejercicio y disfrute de todos los demás derechos humanos. Todos los derechos civiles, culturales, económicos, sociales y políticos pueden disfrutarse de mejor manera si las personas han recibido una educación mínima. La efectiva implementación del derecho a la educación es por lo tanto un requisito previo para la democratización y para la total participación de todos los ciudadanos en todas las esferas de la vida.
Sin embargo y a pesar de que el derecho a la educación para todos está presente en varios instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos, incluyendo la educación básica libre y obligatoria, millones de niños siguen privados de oportunidades para acceder a la educación y gozar de la misma. Así pues, uno de los más importantes retos morales de nuestro tiempo es adquirir un desarrollo realmente progresivo.

F: 1. DLE – http://cort.as/-Deof; http://cort.as/-Deow; http://cort.as/-Dep5; http://cort.as/-DepE (consulta: 6.01.2019). 2. CORDE (consulta: 6.01.2019); NTLLE (consulta: 6.01.2019). 3. UNESCO – http://cort.as/-Demw (consulta: 6.01.2019). 4. SciELO – http://cort.as/-Den3 (consulta: 6.01.2019). 5. UNESCO – http://cort.as/-Dens (consulta: 6.01.2019).

SIN:
F:

RC: derechos humanos, educación social, hábitos de lectura, juego educativo.