formación profesional
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CG: nf

CA: Educación

CT: El experto en Sociología de la Educación cree que la dificultad es el propio sistema, rígido y que no permite a los chavales cursar estudios de FP si no han logrado el título de la ESO. «Se les prohíbe continuar con los estudios», denuncia. «Me asombra que el PP vaya a reproducir el mismo error que cometió el PSOE», añade en alusión a la reforma planteada por el ministro José Ignacio Wert. La experta de la Unesco, también aconseja a España abrir el abanico de posibilidades para acceder a una formación profesional más vinculada al mundo laboral.

F: ELPAÍS – http://sociedad.elpais.com/sociedad/2012/10/16/actualidad/1350362017_969349.html (consulta: 17.10.2012)

DEF: Línea de formación destinada a obtener trabajadores semicalificados, calificados o actualizados, mediante conocimientos que desarrollen la capacidad práctica, el saber y las actitudes necesarias para el trabajo en cualquier rama de actividad. La formación profesional pretende brindar condiciones suficientes para situar al trabajador en el mercado laboral y favorecer su adaptación a los cambios tecnológicos, de gestión y del mundo del trabajo en general.

F: BDTSEM – http://vocabularios.educacion.gov.ar/bdt-sem/termino?v=4&arg=140 (consulta: 7.06.2020)

N: 1. – formación (nf): Del latín formatĭo, -ōnis.
Acción y efecto de formar o formarse.

– profesional (adj): Del sustantivo «profesión» (del latín professio, -ōnis ‘empleo, facultad u oficio que alguien ejerce y por el que percibe una retribución’).
Perteneciente o relativo a la profesión.

2. La primera vez que aparece en un documento en español registrado por el CORDE es en 1932. Autor: Anónimo. Título: Síntesis del programa de la Comunión Tradicionalista [Partidos y programas políticos. 1808-1936. II. … País: España. Tema: 15. Política y gobierno. Publicación: Miguel Artola, Aguilar (Madrid), 1974.

Si se filtra por el tema Educación y pedagogía, el CORDE no arroja ningún resultado.

3. Conjunto de acciones educativas tendientes a la formación de personas para acceder al mercado laboral a un nivel de especialización. En Uruguay, la formación profesional se ubica en los niveles de educación media superior y educación terciaria.

Tanto en este caso como en el del término “formación profesional”, no se cuenta con definiciones oficiales de referencia que sean válidas y suficientes en todos los ámbitos. Son conceptos dinámicos que conservan cierta ambigüedad respecto a sus alcances, según las diferentes épocas.

4. La política de formación profesional se basa en el artículo 150 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, que establece que «la Comunidad desarrollará una política de formación profesional que refuerce y complete las acciones de los Estados miembros, respetando plenamente la responsabilidad de los mismos en lo relativo al contenido y a la organización de dicha formación». La formación profesional es un elemento esencial de la Estrategia de Lisboa que contribuye al empleo.

F: 1. DLE – https://dle.rae.es/formaci%C3%B3n?m=form; https://dle.rae.es/profesional?m=form; https://dle.rae.es/profesi%C3%B3n (consulta: 7.06.2020). 2. CORDE (consulta: 7.06.2020). 3. BDTSEM – http://vocabularios.educacion.gov.ar/bdt-sem/termino?v=4&arg=140 (consulta: 7.06.2020). 4. DEFLEG – http://www.definicionlegal.com/definicionde/Formacionprofesional.htm (consulta: 5.02.2013).

SIN:
F:

RC: formación