CG: nm, nf
CA: Derecho Internacional Público
CT: Ponga un extranjero en su plantilla. Los profesionales foráneos suelen enriquecer a las organizaciones empresariales.
Uno de cada diez trabajadores en España es extranjero. El dato procede de un reciente estudio de Randstad que revela, además, un repunte en la cifra de profesionales foráneos por segundo año consecutivo tras sufrir retrocesos esta tasa en los seis anteriores. La consultora también ha detectado un cambio de tendencia hacia los llamados perfiles de “cuello blanco” en detrimento de los de baja cualificación. “El nivel formativo del profesional de fuera está creciendo. Solo en los últimos tres años el número de profesionales con educación superior o bachillerato se ha incrementado en 155.000 personas, y ya suponen el 22% de la población extranjera en nuestro país”, resalta Valentín Bote, director de Randstad Research. Otro informe, el Expat Explorer Survey de HSBC Expat, realizado entre más de 26.000 expatriados de 190 países, situaba a España en la posición número 16 como destino predilecto para trabajar, el segundo en cuanto a experiencia global, solo superado por Nueva Zelanda.
F: ELPAÍS – http://cort.as/-EN8s (consulta: 4.03.2017)
DEF: Persona física que no tiene la nacionalidad del Estado en cuyo territorio se encuentra.
F: DEJe (consulta: 4.03.2017)
N: 1. Del francés antiguo estrangier.
- adj. Dicho de un país: Que no es el propio.
- adj. Natural de un país extranjero. U. t. c. s.
- adj. Propio de una persona extranjera. Acento extranjero.
- adj. Perteneciente o relativo a un país extranjero o al conjunto de ellos. Inversiones extranjeras.
- el extranjero: loc. sust. m. País o conjunto de países que no son el propio.
- extranjis adj. coloq. p. us. extranjero (natural de un país que no es el propio). U. m. c. s.
- extranjis. m. coloq. p. us. el extranjero.
- de extranjis. loc. adv. De tapadillo, subrepticiamente. Entraban de extranjis en el teatro.
2. La primera vez que aparece en un documento en español registrado por el CORDE es c 1400 – c 1421. Autor: Clemente Sánchez de Vercial. Título: Libro de los exemplos por A. B. C. País: España. Tema: 12.Relato breve culto. Publicación: John Esten Keller, CSIC (Madrid), 1961.
3. Se considera extranjero, a los efectos de la aplicación de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, a aquél que carezca de la nacionalidad española, sin perjuicio de lo establecido en leyes especiales y en los Tratados Internacionales en los que España sea parte.
Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y aquellos a quienes sea de aplicación el régimen comunitario se regirán por las normas que lo regulan, siéndoles de aplicación la Ley Orgánica citada en aquellos aspectos que pudieran ser más favorables.
Este epígrafe contiene información útil sobre el régimen general de extranjería, el control de fronteras, la residencia y circulación de ciudadanos de la Unión Europea, el estado de la tramitación de expedientes, cómo se solicita la tramitación de protección internacional, apátridas, Acuerdo sobre el Tratado de Schengen, los modelos de solicitud así como sobre los procedimientos administrativos y la normativa básica que regula esta materia.
4. Aplicado al ámbito del Derecho internacional privado:
- Individuo que no forma parte de una determinada comunidad política constituida en Estado.
Es antónimo de nacional. «Se consideran extranjeros, a los efectos de la aplicación de la presente Ley , a los que carrezcan de la nacionalidad española» (Ley de Extranjería, art. 1.1.º).
5. Se recomienda evitar utilizar los términos ilegal o irregular para referirse al extranjero que no tiene legalizada la estancia en un país.
Aunque sea más largo, en estos casos conviene decir que son extranjeros en situación ilegal, extranjeros indocumentados o extranjeros que no han legalizado o regularizado su estancia en el país, según el caso.
La gente no es ilegal, lo son sus actos en todo caso.
6. Combinaciones o colocaciones léxicas:
- Verbo + sustantivo: acoger (a), expulsar (a), llegar, recibir (a), salir, ser.
- Sustantivo + sustantivo: llegada de, salida de.
7. Interrelación cultural: Podemos mencionar la novela El extranjero (1942) del escritor francés Albert Camus (1913-1960).
Resulta interesante resaltar que la palabra en francés étranger tiene dos acepciones claras en español: «extraño» y «extranjero». «Es precisamente en la traducción, en su título, donde encontramos la ambivalencia y el sentido complejo de la obra. L’Étranger puede entenderse como El extranjero —así le llega al lector en castellano— pero también como El extraño, un individuo que no se reconoce en la sociedad que le acoge porque entiende el devenir como un absurdo continuado».
F: 1. DLE – http://dle.rae.es/?id=HOgLUWT; http://dle.rae.es/?id=HOhJCIe (consulta: 4.03.2017). 2. CORDE (consulta: 4.03.2017). 3. Interior – http://cort.as/-EN8p (consulta: 4.03.2017). 4. DEJe (consulta: 4.03.2017). 5. FUNDÉU – http://cort.as/-CN0P (consulta: 23.11.2018); FCB. 6. CORDE (consulta: 4.03.2017). 7. La Vanguardia.com – http://cort.as/-CN1k (consulta: 4.03.2017); FCB.
SIN:
F:
RC: emigración, expulsado, da, expulsión del territorio nacional, extranjería, inmigrado, da, inmigrante, inmigración, protección internacional.