leche maternizada
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CG: nf

CA: Nutrición; Sanidad.

CT: Normas para suministros de nutrición:
Los fabricantes de leche maternizada y productos afines deben cumplir el Código Internacional de Comercialización de los Sucedáneos de la Leche Materna. Además, todos los fabricantes de suministros de nutrición deben ajustarse a las prácticas adecuadas de fabricación. Igualmente, los fabricantes deben respetar, salvo donde se diga de forma concreta, las normas y directrices sobre alimentos para lactantes y niños del Codex Alimentarius (Vol. 4, 2nd Ed., FAO Roma 1994).

F: UNICEF – http://www.unicef.org/spanish/supply/9323.html (consulta: 14.07.2012)

DEF: Leche de vaca modificada a la que se ha suprimido por centrifugación una parte de su contenido en caseína y grasa, hasta la proporción que de estas contiene la leche de mujer, y a la que se añade lactosa en un porcentaje del 5 % al 7 %. Se puede presentar en forma líquida o en polvo.

F: DTM p. 974

N: Con frecuencia abreviado a «leche». En propiedad, los términos «leche maternizada», «leche artificial» y «leche modificada» no son sinónimos estrictos, pero en la práctica suelen usarse de forma intercambiable, como si lo fueran. No debe confundirse con ‘leche materna’; de hecho, el término «leche maternizada» puede suscitar rechazo porque se confunde a menudo con «leche materna», con los riesgos consiguientes.

F: DTM p. 974

SIN: fórmula, fórmula adaptada, leche adaptada, leche artificial, leche humanizada, leche modificada.

F: DTM p. 974

RC: leche materna