discapacidad intelectual leve
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CG: nf

CA: Salud; Asistencia sanitaria; Derechos sociales; Medicina – Semiología y Patología; Medicina – Neurología.

CT: El DSM-5 (2015) propone una clasificación del trastorno del desarrollo intelectual en función de la gravedad medida según el funcionamiento adaptativo, ya que este es el que determina el nivel de apoyos requerido.

Distingue entre:

  • LEVE 317 (F70)
  • MODERADO 318.0 (F71)
  • GRAVE 318.1 (F72)
  • PROFUNDO 318.2 (F73)

Discapacidad intelectual leve.

Se incluye en la misma al alumnado cuya puntuación en CI, sin llegar a 55 – 50, se sitúa por debajo de 75 – 70 (unas 2 desviaciones típicas por debajo de la media, con un error de medida de aproximadamente 5 puntos).

Acerca de ese tramo límite por arriba, en el DSM-5 se indica que se podría diagnosticar discapacidad leve con un cociente intelectual entre 70 y 75 si existe déficit significativo en conducta adaptativa, pero no cuando no exista.

El alumnado con discapacidad intelectual leve supone, aproximadamente, un 85% de los casos de discapacidad intelectual. Por lo general, suelen presentar ligeros déficits sensoriales o motores, adquieren habilidades sociales y comunicativas en la etapa de educación infantil y adquieren los aprendizajes instrumentales básicos en la etapa de educación primaria.

F: CREENA – https://creena.educacion.navarra.es/web/necesidades-educativas-especiales/equipo-de-psiquicos/discapacidad-intelectualp/definicion-de-discapacidad-intelectual/#:~:text=Discapacidad%20intelectual%20leve.,medida%20de%20aproximadamente%205%20puntos). (consulta: 25.06.2023)

DEF: Deficiencia leve de la capacidad de razonamiento, la resolución de problemas, el pensamiento abstracto y la capacidad de aprendizaje, con inmadurez para las relaciones sociales y dificultad para regular y controlar las emociones.

F: DTMe – https://dtme.ranm.es/buscador.aspx?NIVEL_BUS=3&LEMA_BUS=discapacidad%20intelectual%20leve (consulta: 25.06.2023)

N: 1. – discapacidad (nf): Del prefijo «dis-» (del latín dis-, y este del griego δυσ- dys ‘dificultad’, ‘mal funcionamiento’, ‘privación’) y el sustantivo «capacidad» (del latín capacĭtas, -ātis ‘cualidad de capaz’), por calco del inglés disability. Situación de la persona que, por sus condiciones físicas, sensoriales, intelectuales o mentales duraderas, encuentra dificultades para su participación e inclusión social.

– intelectual (adj): Del latín intellectuālis. Perteneciente o relativo al entendimiento.

– leve (adj): Del latín levis. De poca importancia.

  • [DSM-IV: 317; CIE-10: F70].

2. Sin resultados en los corpus de la Real Academia Española, en los que habría que buscar el término por separado.

Sin resultados en el Nuevo Tesoro Lexicográfico de la Lengua Española (NTLLE), en el que habría que buscar el término por separado.

3. Las personas con discapacidad intelectual leve solo necesitan apoyo para las tareas más complejas de la vida cotidiana; son independientes en las actividades básicas, como el cuidado personal, la cocina o el cuidado de familiares.

4. El Diccionario de términos médicos de la Real Academia Nacional de Medicina de España (RANME) incluye los siguientes sinónimos: debilidad mental, deficiencia mental leve, oligofrenia leve, retardo mental leve, retraso mental leve, subnormalidad leve.
Sin embargo, la propia RANME desaconseja el uso de estos sinónimos por considerarlos peyorativos. Actualmente, han sido sustituidos por «discapacidad intelectual leve» en los ámbitos normativo, médico, educativo y divulgativo.

5. En Derecho penal, el Diccionario panhispánico del español jurídico (DPEJ) recoge el término «debilidad mental»: Retraso mental determinante de un cociente intelectual entre el 50 y el 70 % de la normalidad. Esta situación determina una atenuación de la responsabilidad criminal, aplicándose la eximente incompleta o la atenuación analógica, en atención al rendimiento intelectual real del individuo considerando su grado de instrucción.

F: 1. DLE – https://dle.rae.es/discapacidad?m=form, https://dle.rae.es/dis-?m=form, https://dle.rae.es/capacidad?m=form, https://dle.rae.es/intelectual?m=form, https://dle.rae.es/leve?m=form (consulta: 25.06.2023); DTMe – https://dtme.ranm.es/buscador.aspx?NIVEL_BUS=3&LEMA_BUS=discapacidad, https://dtme.ranm.es/buscador.aspx?NIVEL_BUS=3&LEMA_BUS=dis-, https://dtme.ranm.es/buscador.aspx?NIVEL_BUS=3&LEMA_BUS=discapacidad%20intelectual%20leve (consulta: 25.06.2023). 2. CORDE (consulta: 25.06.2023); CREA (consulta: 25.06.2023); CORPES XXI (consulta: 25.06.2023); NTLLE (consulta: 25.06.2023). 3 y 4. DTMe – https://dtme.ranm.es/buscador.aspx?NIVEL_BUS=3&LEMA_BUS=discapacidad%20intelectual%20leve (consulta: 25.06.2023). 5. DPEJ – https://dpej.rae.es/lema/debilidad-mental (consulta: 25.06.2023).

SIN:
F:

RC: deficiencia, discapacidad, discapacidad intelectual, persona con discapacidad.