caso humanitario
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CG: nm

CA: Ayuda humanitaria; Derechos humanos.

CT: Deseo, en primera instancia, exponer que la unidad de amplios sectores sociales, políticos, religioso, etc., lograda en la causa viequense no cayó de repente en abril de 1999 y en los días posteriores. Todos sabemos que los puertorriqueños cuando hay una causa muy legítima somos extremadamente dados a ayudar al prójimo de manera extraordinaria. No en balde se nos identifica con el “ay bendito”. Esa expresión de tan amplio calor humano significa, como decía una gran amiga, la Dra. Loida Figueroa, el compromiso de un puertorriqueño para ayudar a otro, no para lo contrario, para pedir comprensión para uno, como ente individual. Los puertorriqueños siempre decimos presentes en las tragedias de sectores de nuestro pueblo y de otros… no hay que enumerar casos, todos los recordamos. Sin embargo, para entender el caso de Vieques y cómo podemos utilizar esta experiencia hoy, es importante incluir en nuestro análisis cómo el pueblo puertorriqueño ha logrado unirse en casos que aunque tienen reclamo humanitario, tienen vestigios políticos también. Vieques fue un caso humanitario, pero indiscutiblemente político. Recuerdo algunos ataques que sufrí por sectores partidistas al ellos interpretar que con nuestra lucha la organización Todo Puerto Rico con Vieques quería excluir lo político y circunscribirse únicamente al aspecto de los Derechos Humanos, para – como exclamaban – poder nosotros, de esta manera, atraer a sectores más conservadores. Jamás aceptamos tales críticas. Sabíamos claramente que la decisión del caso era uno político ya que se iba a decidir – nada menos – que en la propia Casa Blanca, por parte del Presidente de Estados Unidos, quien es el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de ese país.

F: Plazcrit – http://cort.as/-DOlU (consulta: 27.12.2018)

DEF: Dilema ético planteado ante la disyuntiva de atender una demanda humanitaria contraviniendo una ley o normativa o no atenderla de acuerdo con dicha ley o normativa.

F: MM (consulta: 23.11.2012)

N: 1. – caso (nm): Del latín casus. Suceso, acontecimiento.
– humanitario (adjm): Forma masculina del adjetivo «humanitario, ria» (del francés humanitaire, y este derivado de humanité ‘humanidad’). Benigno, caritativo, benéfico.
2. No hay resultados en el CORDE y un único resultado en el CREA. Año: 1997. Autor: Prensa. Título: Semana, 09-16/06/1996 : ¿Entrevistar secuestrados?. País: Colombia. Tema: 04.Medios de comunicación. Publicación: Revista Semana (Bogotá), 1997.
Sin resultados en el Nuevo Tesoro Lexicográfico de la Lengua Española (NTLLE).
3. Ciudadanía e Inmigración: Categoría de personas oficialmente autorizadas, en virtud de la legislación nacional, a residir en un país por razones humanitarias.
(Esta categoría) puede incluir personas que no reúnen las condiciones para obtener la condición de refugiado.
4. Caso Humanitario Laboral o por Empleo en Canadá.
Introducción: Este tipo de caso humanitario y de compasión es menos común que el caso humanitario social sin empleo, ya que precisa de una condena sobre el empresario o empleador que haya contratado al inmigrante sin permiso de trabajo. Es más difícil de demostrar. ¿Quienes pueden optar? Trabajadores extranjeros que hayan permanecido en Canadá más de 2 años de manera continuada.
5. El Diccionario combinatorio del español contemporáneo (REDES) no recoge esta combinación: sustantivo «caso» + adjetivo «humanitario».

F: 1. DLE – http://cort.as/-DOmL; http://cort.as/-DOmb (consulta: 27.12.2018). 2. CORDE; CREA (consulta: 27.12.2018); NTLLE (consulta: 27.12.2018). 3. TERMIUM PLUS – http://cort.as/-DOpz (consulta: 27.12.2018). 4. Hineni – http://cort.as/-DOjL (consulta: 27.12.2018). 5. REDES p. 449 y 1119-1120.

SIN:
F:

RC: ayuda humanitaria, derechos humanos.